¿Cuánto impuesto paga un peruano no domiciliado al vender un departamento en Perú?

Última actualización: 10 de setiembre de 2026

La tasa es 5%. SUNAT lo dice en su propia página de orientación sobre las obligaciones por la venta de inmuebles ubicados en el país: se aplica «la tasa del cinco por ciento (5%) por ser rentas provenientes de la transferencia de inmuebles», conforme al artículo 54° del TUO de la Ley del Impuesto a la Renta, vigente desde el 1 de enero de 2017.

Por qué mucha gente cree que es 30%

Porque el 30% existe — pero para otra cosa. Es la tasa que se aplica a otros tipos de renta de un no domiciliado: los ingresos por trabajo en Perú, o los honorarios por servicios independientes prestados en el país. Cuando alguien la repite aplicándola a la venta de un departamento, está mezclando dos supuestos distintos de la misma ley.

Si le dijeron 30% por vender su inmueble, pida que le señalen el artículo. Para la transferencia de inmuebles, el que manda es el 54°.

Quién retiene: no es usted

Esto sorprende a quien vive fuera y espera tener que declarar desde el extranjero: la obligación de retener es del comprador domiciliado en Perú. Él retiene el impuesto y lo abona con el PDT Otras Retenciones — Formulario 617.

La consecuencia práctica: el monto que usted recibe llega ya con la retención descontada, y el comprador necesita sus datos para declararla. Conviene acordar por escrito, antes de firmar, quién hace ese trámite y en qué momento — es una de las cosas que más demoran un cierre a distancia.

🔴 El detalle que puede multiplicar por cinco lo que paga

El 5% se aplica sobre el monto pagado o acreditado. Para descontar lo que a usted le costó el inmueble existe una figura en la ley: la recuperación del capital invertido. El inciso g) del artículo 76° de la Ley del Impuesto a la Renta dice que el monto imponible resulta de deducir la recuperación del capital invertido del monto pagado o acreditado. Para usarla hay que pedirle a SUNAT un Certificado de Recuperación del Capital Invertido, con el que reconoce ese costo.

Cuánto cambia, con números: un departamento que usted vende en USD 150,000 y compró en USD 120,000.

Cinco veces. Esa es toda la diferencia entre hacer el trámite y no hacerlo.

⏰ La trampa del orden: primero el certificado, después el pago

Acá está lo que más caro sale, y casi nadie lo advierte a tiempo. El artículo 57° del Reglamento establece que la deducción por recuperación del capital invertido no se aplica a pagos o créditos anteriores a la emisión de la certificación.

Traducido: si el comprador ya le pagó antes de que SUNAT emita el certificado, usted pierde el derecho a descontar el costo por ese pago, aunque después consiga el papel. El orden no es un trámite: es el trámite.

Por eso, si va a vender siendo no domiciliado, el certificado se gestiona antes de cobrar, y el calendario de pagos del contrato se acomoda a eso. Es una de las razones por las que un cierre a distancia demora más de lo que la gente calcula.

⚠️ Precisión honesta: las páginas de SUNAT que pudimos consultar explican este certificado sobre todo para la venta de acciones. La norma habla de enajenación de bienes y derechos en general, pero confirme con SUNAT que en su caso concreto de inmueble procede, y pida la respuesta por escrito antes de firmar. Acá le decimos lo que la fuente dice y también hasta dónde llega.

Y si en vez de vender, alquila: también 5%

El alquiler tiene su propio supuesto, y la tasa coincide: 5% sobre las rentas provenientes del alquiler de inmuebles, según el inciso e) del artículo 54° del TUO de la Ley del Impuesto a la Renta.

Conviene dejarlo escrito en el contrato de arrendamiento: quién retiene, con qué formulario y en qué fecha. Si el inquilino no retiene, el problema termina siendo suyo.

Antes de eso: comprar desde el extranjero

Si todavía no compró y está evaluando hacerlo desde fuera, el trámite del poder consular y los gastos de compra están en ¿puedo comprar un departamento en Lima si vivo en el extranjero?.

Preguntas frecuentes

¿Cuánto impuesto paga un no domiciliado al vender un inmueble en Perú?
5%, conforme al artículo 54° del TUO de la Ley del Impuesto a la Renta, vigente desde el 1 de enero de 2017, según la orientación de SUNAT.
¿Es cierto que se paga 30%?
No para la venta de inmuebles. El 30% aplica a otras rentas de no domiciliados, como ingresos por trabajo o servicios independientes prestados en Perú.
¿Quién hace la retención?
El comprador domiciliado en Perú, mediante el PDT Otras Retenciones — Formulario 617. No lo declara el vendedor desde el exterior.
¿Sobre qué monto se calcula ese 5%?
Sobre el monto pagado o acreditado. Para descontar lo que costó el inmueble hay que pedir a SUNAT el Certificado de Recuperación del Capital Invertido: el inciso g) del artículo 76° de la Ley del Impuesto a la Renta permite deducir esa recuperación del monto pagado. En una venta de USD 150,000 de un inmueble comprado en USD 120,000, la diferencia es entre pagar USD 7,500 y pagar USD 1,500.
¿Qué pasa si me pagan antes de tener el certificado?
Se pierde la deducción por ese pago. El artículo 57° del Reglamento establece que la deducción por recuperación del capital invertido no se aplica a pagos o créditos anteriores a la emisión de la certificación. Por eso el certificado se gestiona antes de cobrar y el calendario de pagos del contrato se acomoda a ese orden.
¿Cuánto paga un no domiciliado por alquilar su departamento en Perú?
5% sobre las rentas provenientes del alquiler de inmuebles, según el inciso e) del artículo 54° del TUO de la Ley del Impuesto a la Renta. Retiene el inquilino domiciliado, con el Formulario Virtual 617 de Otras Retenciones, o con el Formulario 1662 y código de tributo 3062.

Fuentes

Esta página es orientación de un agente inmobiliario en Lima, no asesoría tributaria. Las tasas y su base de cálculo cambian por norma: confírmelas con SUNAT antes de decidir.

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